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Portada » Opinión » Las condenas de oficiales sirios en Alemania ofrecen esperanza a las víctimas

Las condenas de oficiales sirios en Alemania ofrecen esperanza a las víctimas

Por: Abdel Aziz Aluwaisheg

por Arí Hashomer
17 de enero de 2022
en Opinión
Las condenas de oficiales sirios en Alemania ofrecen esperanza a las víctimas

La condena en Alemania la semana pasada de un alto oficial militar sirio por cargos de crímenes contra la humanidad es probable que se convierta en un caso emblemático en el uso de la “jurisdicción universal” para procesar a los autores de graves crímenes internacionales.

El tribunal de Coblenza declaró al coronel Anwar Raslan, ex oficial de inteligencia sirio, culpable de 27 cargos de asesinato, violación y agresión sexual, y lo condenó a cadena perpetua. Aunque los delitos se cometieron en Siria, el tribunal alemán lo juzgó en virtud de la doctrina de la jurisdicción universal, que permite el enjuiciamiento de los delitos aunque hayan ocurrido en otro lugar.

Raslan es el oficial sirio de mayor rango en ser condenado por crímenes contra la humanidad. El pasado mes de febrero, el mismo tribunal condenó a cuatro años y medio de prisión a un antiguo oficial de bajo rango de los servicios de inteligencia sirios por complicidad en un crimen contra la humanidad. Él y Raslan trabajaban en el mismo centro de detención y fueron detenidos en 2019 tras llegar a Alemania haciéndose pasar por refugiados.

La ONU ha elogiado el enjuiciamiento de estos delitos por parte de Alemania, ya que arroja una “muy necesaria y renovada luz sobre los tipos de tortura enfermiza, trato cruel y verdaderamente inhumano -incluida la abyecta violencia sexual- a los que fueron sometidos innumerables sirios en los centros de detención.” Instó a otros Estados a hacer lo mismo invocando la jurisdicción universal.

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Los fiscales alemanes acusaron a Raslan de ser responsable de la tortura de al menos 4.000 personas en un centro de detención de Douma durante 2011 y 2012, acusándolo de supervisar interrogatorios en los que se empleaban palizas, descargas eléctricas, violaciones y abusos sexuales, entre otros delitos destinados a coaccionar a los detenidos para que confesaran. Más de 80 testigos declararon durante el juicio.

El tribunal coincidió y condenó a Raslan a cadena perpetua, con posibilidad de libertad condicional tras 15 años. Su abogado tiene previsto recurrir el veredicto. La jueza Anne Kerber elogió la valentía de los testigos al presentarse a pesar de los creíbles temores a las represalias.

El ministro de Justicia alemán, Marco Buschmann, pidió a otros países que siguieran lo que calificó de “trabajo pionero” del sistema judicial de su país, y añadió que “los crímenes contra la humanidad no deben quedar impunes. No importa dónde se cometan, ni quién los cometa”.

Según el derecho internacional, crímenes como el genocidio, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad no prescriben, y esta regla se ha convertido en una norma de derecho internacional consuetudinario. Esta norma se codificó en la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, que fue adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1968 y entró en vigor en noviembre de 1970.

Esto significa que, independientemente del tiempo transcurrido, se pueden iniciar procedimientos judiciales contra los autores de dichos crímenes. La norma tiene por objeto evitar que los delitos más graves, y los más difíciles de perseguir, queden impunes. Se deriva del hecho de que esos delitos suelen ser difíciles de perseguir inmediatamente después de su comisión, por lo que es necesario esperar a que se produzca un cambio en la situación -el fin del conflicto o un cambio de régimen- para que sea posible su persecución.

Aunque esta norma es útil para negar a los autores cualquier límite de tiempo para el enjuiciamiento de sus crímenes, también significa que puede pasar mucho tiempo antes de que se haga justicia, si es que se hace. Esto ha llevado a un número cada vez mayor de países, entre ellos Alemania, a invocar la jurisdicción universal para perseguir crímenes que tuvieron lugar en otros lugares. Esta doctrina se basa en el principio de que los crímenes contra la humanidad perjudican al propio orden internacional, que los Estados individuales deben proteger. Se invoca cuando los fundamentos “tradicionales” de la jurisdicción penal no están disponibles, como cuando el acusado no es un nacional del Estado acusador, el crimen no se cometió en el territorio del Estado o contra sus nacionales, o los propios intereses nacionales del Estado no se ven directamente afectados.

Los tribunales nacionales pueden ejercer la jurisdicción universal cuando el Estado ha adoptado una legislación que autoriza el enjuiciamiento. A veces, esta legislación nacional viene impuesta por acuerdos internacionales, como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que exige a los Estados Partes que adopten las leyes necesarias para procesar o extraditar a cualquier persona acusada de tortura que se encuentre dentro de la jurisdicción territorial del Estado Parte, incluso cuando el delito no se haya cometido allí.

Sin embargo, no todos los Estados han aceptado o ejercido la jurisdicción universal; las prácticas reales de los Estados varían en función de consideraciones políticas y jurídicas. Pero la invocación de la jurisdicción universal ha aumentado en la práctica en los últimos años, reforzada por las decisiones de tribunales internacionales de gran prestigio. En 2012, la Corte Internacional de Justicia confirmó que los Estados tienen la “obligación” de procesar a los autores de crímenes atroces o de extraditarlos a otro país con jurisdicción para su enjuiciamiento. Ese caso emblemático implicaba a un funcionario acusado de tortura, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad contra miles de víctimas.

El juicio en Suecia del iraní Hamid Nouri, que comenzó el año pasado, es otro caso de aplicación tanto de la jurisdicción universal como de la imprescriptibilidad de los delitos internacionales graves. Nouri es un antiguo fiscal acusado de participar en las ejecuciones de miles de presos políticos en Irán en 1988. Se cree que el juicio de Nouri es la primera vez que se acusa a alguien en relación con esos crímenes. El actual presidente iraní, Ebrahim Raisi, también ha sido implicado en las ejecuciones.

La condena de Raslan podría reforzar los argumentos de la fiscalía en el juicio de Nouri. Es probable que la condena de los dos ex oficiales sirios en Alemania y otros casos similares en otros países tengan repercusiones en la legislación y la práctica en relación con los derechos de las víctimas de graves crímenes internacionales. Sólo en Siria, al menos 60.000 personas han muerto como consecuencia de la tortura o los malos tratos en los centros de detención, según el Observatorio Sirio de Derechos Humanos.

Es de esperar que estos juicios celebrados con éxito en Alemania actúen también como elemento disuasorio contra la perpetración de genocidio, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad, violaciones, torturas y otros delitos internacionales graves.

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